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Suspenden por un año los aumentos de las cuotas de los planes de ahorro

Rige para las suscripciones realizadas entre el 1° de abril del 2018 y el 30 de septiembre del año pasado y no comprende a quienes hayan obtenido medidas cautelares en la Justicia

13 Abr, 2020, 07:33 AM

El Gobierno Nacional, dispuso el diferimiento por el término de 12 meses de los aumentos de las cuotas de planes de ahorro previo para la compra de vehículos, con una reducción de entre 10 y el 30 por ciento de los valores de las mismas. La Resolución 14/2020 de la Inspección General de Justicia ya vigente, fue elaborada por la Secretaría de Comercio Interior después de acordar con la ADEFA, que agrupa a las terminales automotrices y la Cámara de Administradores de Planes de Ahorro (CAPA).

 

El monto diferido se pagará a partir de la cuota 85, cuando finaliza el plan. El beneficio rige para las suscripciones realizadas entre el 1° de abril del 2018 (fecha de la primera devaluación importante de los últimos años),  hasta el 30 de septiembre del 2019.

 

Las administradoras de este sistema deberán ofrecer esa alternativa, que será optativa para los suscriptores, hasta el 30 de agosto de este año y podrán acceder los clientes con contratos vigentes en período de ahorro o adjudicados como también aquellos que, por distinto motivo, hubieran sido dado de baja. Por ejemplo, los casos que entraron en mora. De esta manera, esos suscriptores podrán activar el plan con los mismos beneficios.

 

En el caso del porcentaje de deducción, se estableció una rebaja de 10 por ciento para las últimas cuatro cuotas, de 20 para las cuatro anteriores y de 30 para las primeras cuatro.

 

Esta decisión se tomó ante los reclamos de miles de usuarios que vieron incrementar las cuotas de los planes en más de 200 por ciento en los últimos dos años como consecuencia de los aumentos de los 0km a raíz de la devaluación del peso.

 

Puntos salientes

 

  • Las entidades administradoras de planes de ahorro, hasta el 30 de agosto próximo, deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares, el poder diferir la alícuota hasta un máximo de 12 cuotas consecutivas por vencer.
  • Están comprendidos planes vigentes en período de ahorro hayan o no recibido el vehículo, y también los planes que, desde el 1° de abril de 2018, estén extinguidos por renuncia o rescisión.
  • No podrán optar a estos diferimientos los suscriptores que hayan promovido causas judiciales y obtenido medidas cautelares con incidencia sobre el pago de sus cuotas.

 

 

Acceda a la Resolución 14 de la IGJ:

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227700/20200411

 

 

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