Este plazo rige para las grandes empresas, mientras que las PYMES tienen una fecha de cumplimiento posterior, febrero de 2023.
La norma alcanza a los productos procesados y ultraprocesados, por lo tanto, el arroz, los fideos secos, las legumbres secas, al igual que las frutas y verduras frescas y la leche, entre otros alimentos sin procesar o mínimamente procesados, y aquellos que se exceptuan explícitamente en la ley, como azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común, quedan exentos de las etiquetas.
Esta ley constituye un gran paso para garantizar tanto el derecho a la alimentación saludable de la población como el derecho a la información. Desde la sociedad civil celebramos que Argentina cuente con una ley modelo que se ha reglamentado en tiempo y forma.
Desde el Servicio de Nutrición del Hospital Centenario aportaron que, la ley contempla 3 ejes dentro de los que se encuentran
1-Etiquetado frontal de advertencias.
2- La regulación de la publicidad, promoción y patrocinio de productos que tengan al menos un sello, y
3- Protege los entornos escolares.
Actualmente se encuentra reglamentado el eje que trata el etiquetado Frontal de advertencias. Su cumplimiento se hará en 2 etapas. La primera regirá para las grandes empresas, a partir del día de mañana y a partir del 20 de febrero de 2023 regirá para las pimes. Es así, que en esos plazos deberán adecuar sus productos en función de los parámetros establecidos por la Organización Panamericana de la Salud.
De está manera, conenzaremos a empezar a ver en las góndolas los octógonos negros que fácilmente permiten identificar si un producto alimenticio es rico en grasas totales, en grasas saturadas, en glúcidos, en Sodio, y en calorías.
También aparecerán frases precautorias para el consumo en niños de alimentos que contengan cafeína y edulcorantes. De esta forma podremos identificar los alimentos y rápidamente elegir aquellos que se corresponden con una alimentación saludable para la población.
El consumo excesivo de estos nutrientes críticos se relaciona directamente con la aparición de enfermedades crónicas no trasmisibles (ECNT) como la obesidad, la diabetes, la hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, dislipemia. Es de considerar que estas enfermedades se encuentran dentro de las primeras causas de muerte en nuestro país.