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De gobernador a interno: Urribarri en la UP9 y la seguridad que debe garantizar el Servicio Penitenciario

El exgobernador Sergio Urribarri cumple su condena en la Granja Penal El Potrero, una unidad que en los últimos meses también atravesó situaciones vinculadas con seguridad, alojamiento y salud.

19 Sep, 2026, 11:22 AM

Urribarri el próximo 24 de septiembre será trasladado a Paraná para comparecer ante la jueza de Ejecución Penal Cecilia Bértora. A la llegada de un condenado de alto perfil se suma otro interrogante: cuál es el estado sanitario de una población carcelaria que supera los 600 internos y que durante 2026 tuvo episodios vinculados con tuberculosis.

La llegada de Sergio Urribarri a la Unidad Penal Nº 9 de Gualeguaychú colocó nuevamente a la Granja Penal El Potrero en el centro de la escena.

 

El exgobernador ingresó el 11 de septiembre para comenzar a cumplir su condena firme y quedó bajo custodia del Servicio Penitenciario de Entre Ríos.

 

Pero su llegada abrió un nuevo interrogante: ¿está realmente preparada la UP9 para garantizar su seguridad, sin que ello implique un trato privilegiado respecto del resto de la población carcelaria?

 

Una unidad penal bajo presión

 

La situación descripta en los últimos días coloca el foco sobre las condiciones concretas de alojamiento y seguridad dentro del establecimiento.

 

Según se informó, existen sectores destinados a internos mayores de 60 años que presentan una capacidad limitada y donde se comparte alojamiento. También se describió un régimen de circulación interna que requiere especial atención cuando se trata de garantizar la integridad física de una persona cuya llegada generó una situación particular dentro del establecimiento.

 

El director de la UP9, Lucas Dufour, señaló que el caso requiere atención especial y que el eventual cruce de Urribarri con otros internos podría constituir un riesgo, remarcando que el establecimiento debe preservar tanto su integridad como la del resto de las personas privadas de libertad.

 

El planteo institucional es claro: proteger a un interno no debería significar concederle privilegios, pero tampoco puede significar exponerlo a riesgos evitables.

 

Viaje a Paraná

 

El próximo jueves 24 de septiembre, Sergio Urribarri deberá trasladarse desde Gualeguaychú hacia la ciudad de Paraná para comparecer ante la jueza de Ejecución Penal Cecilia Bértora.

 

La audiencia será una instancia importante para analizar cómo transcurren sus primeros días de cumplimiento de la condena en la UP9 y las condiciones bajo las cuales se encuentra alojado.

 

Su defensa podrá plantear cuestiones relacionadas con su seguridad, alojamiento y condiciones de detención, mientras que el juzgado deberá evaluar la situación dentro del marco de la ejecución de la pena.

 

El traslado a Paraná implica, además, un operativo penitenciario particular: sacar al interno de la unidad donde cumple condena, trasladarlo hasta la capital provincial y luego disponer su regreso a Gualeguaychú.

 

Por eso, el 24 de septiembre no será solamente una audiencia judicial.

 

Será también una nueva oportunidad para observar cómo responde el sistema penitenciario frente a un interno cuya situación requiere medidas especiales de seguridad, pero dentro de las reglas generales de la ejecución penal.

Urribarri no es el único desafío de la up9

 

La discusión sobre la seguridad del exgobernador no puede hacer perder de vista que dentro de la misma unidad hay más de 600 personas privadas de libertad y que los problemas estructurales de la cárcel no comenzaron con su llegada.

 

La UP9 viene atravesando interrogantes vinculados con alojamiento, alimentación, atención sanitaria y seguridad.

 

Y existe otro capítulo que merece especial atención:

 

La tuberculosis

 

Tuberculosis: el otro problema que no puede quedar en segundo plano

 

 

Durante 2026 se registraron episodios de tuberculosis en la UP9 y se realizaron controles epidemiológicos.

 

En agosto, el Nodo Epidemiológico del Hospital Centenario realizó estudios a internos que habían podido tener contacto con un caso previamente detectado. Se efectuaron pruebas PPD/Mantoux en distintos grupos.

 

Sin embargo, existe un punto sanitario que resulta fundamental aclarar.

 

Una prueba PPD/Mantoux positiva no significa por sí sola que una persona tenga tuberculosis activa y contagiosa. Es necesario diferenciar entre infección por tuberculosis y enfermedad activa y determinar mediante la evaluación médica correspondiente cuál es la situación de cada persona.

 

Por eso, no alcanza con informar que se hicieron controles.

 

La pregunta que sigue pendiente es mucho más concreta:

¿CUÁL ES HOY EL ESTADO SANITARIO DE LA UP9?

¿SE ERRADICÓ LA TUBERCULOSIS O SIGUE HABIENDO INTERNOS BAJO TRATAMIENTO?

La información pública disponible permite reconstruir la existencia de controles y seguimiento, pero no permite afirmar que la tuberculosis haya sido definitivamente erradicada de la población penitenciaria.

 

Por eso resulta imprescindible que el Servicio Penitenciario y las autoridades sanitarias brinden información actualizada y técnicamente precisa.

 

No se trata de generar alarma.

 

Se trata de saber.

 

DIEZ PREGUNTAS QUE EL SPER DEBERÍA RESPONDER

 

¿Cuántos internos fueron sometidos a controles de tuberculosis desde abril de 2026?

 

¿Cuántas pruebas PPD/Mantoux se realizaron?

 

¿Cuántos resultados positivos fueron registrados?

 

¿Cuántos corresponden a tuberculosis activa y cuántos a infección latente?

 

¿Cuántos internos permanecen actualmente bajo seguimiento epidemiológico?

 

¿Cuántos se encuentran actualmente bajo tratamiento?

 

¿Se realizaron nuevos controles después de los casos detectados durante agosto?

 

¿Cuándo se realizó el último relevamiento sanitario general de la población de la UP9?

 

¿Existe actualmente algún interno aislado por tuberculosis confirmada o por sospecha de enfermedad activa?

 

¿Pueden las autoridades sanitarias confirmar oficialmente cuál es la situación actual y si existen o no casos activos y potencialmente contagiosos dentro de la unidad?

 

LA SALUD TAMBIÉN FORMA PARTE DE LA SEGURIDAD

 

La llegada de Urribarri obliga a mirar la UP9 desde otro ángulo.

 

Ya no alcanza con preguntar dónde está alojado, quién lo custodia o cómo se garantiza su seguridad.

 

También hay que preguntarse en qué condiciones sanitarias se encuentra la unidad donde cumple su condena.

 

La tuberculosis es una enfermedad que puede transmitirse por vía aérea y cuya prevención exige detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los casos y sus contactos. En establecimientos penitenciarios, donde existe convivencia prolongada y espacios compartidos, la vigilancia epidemiológica adquiere particular importancia.

 

Por eso, la discusión sobre Urribarri y la seguridad de la UP9 no debería desarrollarse aislada de la situación sanitaria del establecimiento.

 

UNA CÁRCEL BAJO LA LUPA

 

La Granja Penal El Potrero tiene hoy varios frentes abiertos.

Por un lado, debe garantizar la integridad de un exgobernador que cumple una condena firme y cuya presencia genera una situación particular dentro de la unidad.

 

Por otro, debe garantizar las condiciones de seguridad y alojamiento del conjunto de la población penitenciaria.

 

Y, al mismo tiempo, debe demostrar que los controles sanitarios son suficientes para detectar, tratar y contener enfermedades transmisibles como la tuberculosis.

 

El 24 de septiembre, en Paraná, la jueza Cecilia Bértora tendrá ante sí parte de esta realidad.

 

La información precisa será fundamental.

 

¿Cómo está alojado Urribarri? ¿Qué medidas de seguridad se adoptaron? ¿Cómo se realizará su traslado? ¿Cuál es el estado sanitario de la UP9? ¿Cuántos internos están medicados? ¿Cuántos permanecen bajo seguimiento? ¿Hay casos activos de tuberculosis?

 

Son preguntas concretas que no deberían quedar sin respuesta.

 

LA PREGUNTA DE FONDO

 

La discusión no debería reducirse solamente a dónde duerme Sergio Urribarri, qué sector ocupa o qué medidas se toman para protegerlo.

 

La verdadera cuestión es más amplia:

 

¿Puede la UP9 garantizar seguridad, atención sanitaria adecuada y condiciones dignas para todos los internos que se encuentran alojados allí?

La respuesta no debería surgir de versiones, trascendidos o declaraciones aisladas.

 

Debería surgir de datos.

 

Porque Urribarri cumple una condena y debe hacerlo bajo las reglas del sistema penitenciario. Pero esas mismas reglas obligan al Estado a garantizar su integridad y, exactamente del mismo modo, la de cada una de las personas privadas de libertad alojadas en la Granja Penal El Potrero.

 

Y en materia de tuberculosis, mientras no existan datos oficiales, actualizados y completos que permitan conocer la situación epidemiológica actual, decir que el problema está definitivamente controlado sería, como mínimo, prematuro.

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