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Prisión condicional y reparación de daños por desvíos en el plan “Jóvenes emprendedores” entre 2018 y 2023

Eran funcionarios provinciales, y simularon créditos por más de 100 millones de pesos. Deberán devolver la totalidad. Negociaron en un juicio abreviado.

28 Jul, 2026, 09:01 AM

La Justicia dispuso 3 años de prisión condicional, la inhabilitación para ejercer cargos públicos y la reparación por unos 100 millones de pesos para cuatro funcionarios provinciales del período 2018-2023.

 

Los imputados se llevaron millones, aprovechándose de un plan social y de personas vulnerables, al desviar los créditos que debían haber sido destinado a jóvenes entrerrianos para financiar emprendimientos laborales y productivos. El plan era “Jóvenes emprendedores”.

 

Según la imputación aceptada por los acusados, se sustrajeron 100.886.792 pesos mediante 319 créditos fraudulentos. La maniobra consistía en la utilización de proyectos inexistentes, firmas falsificadas, rendiciones de cuentas apócrifas, simulación de controles administrativos y el reclutamiento de personas en situación de vulnerabilidad para tramitar créditos a su nombre y retirar fondos que luego eran entregados a los organizadores del esquema.

 

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Mauricio Mayer, resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado que le presentaron el fiscal, Gonzalo Badano, y las defensas de Pedro Fernando Gebhart, Cristian Silvestre Klein, Claudio Alberto Rosas Vico y Alejandro David Usatinsky, consistente en el cumplimiento de tres años de prisión condicional más el pago en concepto de reparación integral del daño de 100.886.792 pesos.

 

En la sentencia, el juez dispuso declarar a Gebhart, como autor material y responsable del delito de Peculado en relación a la investigación que comenzó a sustanciarse a partir de la denuncia de Julián Aníbal Gracia, director de la Oficina Anticorrupción y Ética Pública de Fiscalía de Estado de Entre Ríos, el 22 de febrero de 2024.

 

Respecto de Klein, Rosas Vico, les impuso la misma pena como autores del delito de Peculado y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos; en tanto que a Usatinsky, le impuso igual pena e inhabilitación pero como partícipe necesario del mismo delito, puesto que era el único que no tenía funciones en el Estado. Todos deberán realizar trabajo comunitario a favor de una institución de bien público que la Oficina de Medios Alternativos (OMA) designe, por un total de noventa y seis horas por cada año de la condena.

 

También deberán abonar, dentro de los 60 días hábiles siguientes a que la sentencia adquiera firmeza, la suma total de 100.886.792 pesos, en concepto de reparación económica en favor del Estado de la Provincia de Entre Ríos, mediante depósito en la cuenta y conforme a las pautas que la Fiscalía de Estado les comunique. Además, declaró que “la suma indicada en el punto precedente será imputada a cuenta de la reparación integral, que la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos perseguirá por la vía correspondiente”.

 

Uno es Escribano en Paraná

 

Gebhart, de 38 años, abogado y escribano, era subsecretario de Desarrollo Emprendedor del Ministerio de Desarrollo Social y posteriormente, a partir de una modificación, secretario de Desarrollo Económico y Emprendedor que quedó bajo la órbita del Ministerio de Producción. Kein, de 44 años, con estudios terciarios incompletos, se desempeñaba como Director de Evaluación y Seguimiento de Proyectos. Rosas Vico, de 38 años, licenciado en Trabajo Social, era Director de Políticas y luego Director General de Desarrollo Económico Emprendedor.

 

En el ítem “Papel que asumió cada uno en la ejecución del Hecho”, el juez consideró acreditado, más allá del reconocimiento que “Gebhart era la autoridad máxima de la Secretaría de Desarrollo Económico y Emprendedor teniendo amplias facultades de trámite y otorgamiento de créditos bajo su órbita de competencia. Era quien firmaba y autorizaba los expedientes falsificados, además de ser el destinatario de la mayor parte de los fondos públicos sustraídos”.

 

También valoró que “asimismo, era quien distribuía las tareas a llevar adelante dentro de la organización, así planificaba cómo engañar las autoridades del Tribunal de Cuentas, como conseguir facturas falsas para justificar la inversión de los créditos, cuánto dinero abonar a los ‘actores’ para que simulen los emprendimientos, cuántas líneas telefónicas adquirir para aparentar que eran de distintos emprendedores, cómo llevar adelante intimaciones de pago ficticias a emprendedores, como simular que los expedientes habían sido remitidos al cobro a Fiscalía de Estado, entre otras actividades delictivas”.

 

Así, consideró que “todas estas tareas de falsificación adquieren una mayor gravedad si consideramos que se desempeñaba en el momento de los hechos como escribano en la ciudad de Paraná, donde su tarea justamente consiste en dar fe de los actos que suceden en su presencia”.

 

Respecto de Klein y Rosas Vico, valoró que “eran funcionarios de la Secretaría y sus puestos eran claves para que los expedientes de los emprendimientos falsos avanzaran internamente dentro de la secretaría sin complicaciones al contar con el aval de estas autoridades. Ambos participaban en cada una de las maniobras descritas en el hecho y en relación a Gebhart, pero estos actuaban como el brazo ejecutor de estas tareas.

 

En el ítem Tareas de funcionarios y reclutadores, el juez consideró que “a partir de lo relatado en las entrevistas se pudo determinar que para la concreción del circuito de extracción de fondos del programa, las autoridades (Gebhart, Klein y Rosas Vico) se valieron de la participación de Alejandro David Usatinsky, Matías Balbuena, Lucila Magallanes, Aranzazú Acosta, Paula Yonas y Pablo Frutos”.

 

Así, detalló que, según el acuerdo, “estos últimos intervinieron en la captación de personas a quienes se les solicitaron sus datos personales con el objeto de que los funcionarios de la Secretaría luego puedan darle curso a los créditos con sus nombres. En muchos existió un claro direccionamiento del grupo de personas a las que se les solicitaba su información personal”.

 

Mayer sostuvo, tal como se consignó en el acuerdo, que “se trataba de individuos en situación de vulnerabilidad económica, sin trabajo o en situaciones apremiantes. Es decir que existió un aprovechamiento de la situación de necesidad para que estos brindaran sus datos personales con el objeto de tramitar los créditos a su nombre”.

 

Fuentes: APF, Análisis.

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