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Monotributistas y trabajadores informales percibirán un ingreso de 10 mil pesos

Alcanza a trabajadores independientes informales y a los monotributistas de las categorí­as A y B que no tengan otro ingreso. Se cobrará en abril y la inscripción se hará on line en la ANSES quien verificará los datos

24 Mar, 2020, 06:43 AM
Los ministros Moroni (izquierda) y Guzmán, durante el anuncio de ayer
Los ministros Moroni (izquierda) y Guzmán, durante el anuncio de ayer

El Gobierno anunció este lunes una ayuda de emergencia de 10.000 pesos para monotributistas de las categorías A y B y trabajadores no registrados, que se percibirá en abril. El Decreto 310 del Poder Ejecutivo, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete Santiago Cafiero y los ministros de Economía y de Trabajo, Martín Guzmán y Claudio Moroni respectivamente, ya está publicada en el Boletin Oficial de este martes y abarca a 3,6 millones de hogares. El pago será de carácter excepcional, aunque el titular del Palacio de Hacienda no descartó que pueda repetirse en mayo. Para tener derecho al beneficio habrá que inscribirse en la web de la ANSES.

 

Para acceder a la ayuda, los monotributistas y trabajadores no registrados no deberán contar con otra fuente de ingreso, con excepción de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Según aseguraron ayer desde el Gobierno, los monotributislas incluidos en el pago extraordinario (categorías A y B exclusivamente) no pagarán en abril la cuota mensual, con la posibilidad de que se extienda otros meses dependiendo de la situación, aunque por ahora este aspecto no ha sido reglamentado formalmente y se espera que lo sea en las próximas horas.

 

Según informó Guzmán, para quienes no fueron alcanzados por las otras medidas se crea “un ingreso familiar de emergencia para los trabajadores independientes en situación de informalidad o monotributitas de las categorías “A” o “B” entre 18 a 65 años, compuesto por un pago único de 10.000 pesos” y agregó que se puede repetir de ser necesario.

 

Por su parte el ministro de Trabajo Moroni explicó que para acceder “no se debe poseer otro ingreso. No se debe tener un patrimonio importante ni renta financiera. Sí será compatible con la Asignación por Hijo, dado que se trata de dos cosas distintas. La asignación apunta a los hijos menores y esto es consecuencia de una emergencia sanitaria". Es decir que en los hogares comprendidos, no deberá existir otro ingreso, ya sea procedente de un empleo formal o prestación. Abarca a monotributistas de las categorías A y B, monotributistas sociales, trabajadores informales, beneficiarios de AUH o Asignación Universal por Embarazo (AUE) o plan PROGRESAR. Se contempla también que no deben contar con bienes considerados lujosos o patrimonios abultados, para lo cual se utilizará el mismo criterio que se aprobó para avanzar con pensiones no contributivas.

 

Según indicó Moroni, "en breve se van a conocer las normas, pero se va a abrir un sitio en la web de la ANSES para inscribirse. Allí ya va a haber algunos datos seguramente de los interesados. Si tienen cuenta bancaria la pone, sino se va a arbitrar otros medios de pago para que cobren en un plazo de diez o quince días”. Al respecto, el titular de la ANSES, Alejandro Vanoli, aseguró en su cuenta oficial de Twitter que no hará falta ir a una sucursal del organismo previsional para realizar el trámite: “Todo lo podrás gestionar usando una aplicación en tu celular”.

 

  • Ingreso Familiar de Emergencia

 

 

📌 Se cobra solamente en abril, aunque podría repetirse en mayo si el aislamiento continúa.

 

📌 10.000 pesos para trabajadores y trabajadoras de 18 a 65 años que no perciban pensiones ni subsidios de ningún tipo y que no tengan otro ingreso

 

📌 Se analizará la totalidad del grupo familiar, para definir su asignación.

 

📌 La inscripción será a través de la Web de ANSES, que habilitará en los próximos días.

 

📌 Podrán anotarse UNICAMENTE trabajadores y trabajadoras no formales, Monotributistas de Categorias A (ingreso promedio de 17.400 pesos mensuales) y B (ingreso promedio de 26.100 por mes), empleadas y empleados de casas particulares no inscriptos en el Régimen Tributario y quienes perciban las Asignaciones Universal por Hijo (AUH) o por Embarazo (AUE).

 

📌 Si tienen cuenta bancaria a su nombre, se podrán cargar los datos para recibir el dinero mediante transferencia. Si no, se les indicará dónde y cuándo percibirán el haber.

 

Acceder al Decreto 310/2020:

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227113/20200324

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