NUEVAS MEDIDAS

26 de Junio de 2021

El Gobierno publicó el nuevo DNU y fijó más restricciones para ingresar al paí­s

Las normas regirán hasta el próximo 9 de julio, continúan las restricciones vigentes y las fronteras seguirán cerradas.

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El Gobierno extendió hasta el próximo 9 de julio el estado de emergencia sanitaria que rige en el país a causa de la pandemia de coronavirus, prorrogó el cierre de fronteras para el turismo y suspendió el ingreso de extranjeros no residentes que tengan familiares directos en el país. Asimismo se dispuso reducir a 600 el número de personas que podrán ingresar diariamente al país por los aeropuertos habilitados.

Las medidas, ya fueron publicadas en el Boletín Oficial de este sábado y, tal como ayer anticipara RADIO MAXIMA es una prórroga del “Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive”.

Los mencionados DNU, ahora prorrogados hasta el 9 de julio, establecen el denominado “semáforo epidemiológico” que debe activar determinadas medidas restrictivas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos. Son los Gobernadores y el jefe de Gobierno porteño quienes están facultados para a adoptar las decisiones según la evolución de la pandemia en sus respectivos distritos a saber:

  • Bajo Riesgo Epidemiológico: Jurisdicciones en donde la incidencia de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea inferior a 50.
  • Riesgo Medio Epidemiológico: Jurisdicciones en donde la incidencia de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes se ubique entre 50 y 150
  • Alto Riesgo Epidemiológico: Jurisdicciones en donde la incidencia de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea superior a 150.
  • Alarma Epidemiológica: Aglomerados urbanos, Departamentos o Partidos donde la incidencia de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento.

CIERRE DE FRONTERAS

Por otra parte, la Jefatura de Gabinete decidió que hasta el 9 de julio próximo se mantenga la suspensión de los vuelos aéreos desde y hacia el Reino Unido, Turquía, y países del continente africano y, además, los procedentes de Brasil, Chile e India.

También se dispuso que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) “dispondrá un cupo de SEISCIENTAS (600) plazas diarias en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos, las argentinas y residentes que se encuentren en el exterior”. Hasta ayer viernes, ese cupo habilitaba el ingreso de hasta 2000 personas por día.

Asimismo la Dirección Nacional de Migraciones dispuso suspender, hasta el 9 de julio venidero, la aplicación de la Disposición 3763 de dicho organismo del 28 de noviembre de 2020.

A fines de noviembre del año pasado, Migraciones había habilitado en forma excepcional, “el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos, y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito, siempre que las personas extranjeras autorizadas den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional”.

Esos ingresos podían hacerse a través del Aeropuertos de Ezeiza y San Fernando, el Puerto porteño (terminal Buquebus) y los pasos fronterizos de Paso de los Libres–Uruguayana, Cristo Redentor (Mendoza), San Sebastián (Tierra del Fuego) y Gualeguaychú-Fray Bentos. Desde este sábado y hasta el 9 de julio, ambos inclusive, dichas terminales aéreas, fluviales y pasos fronterizos terrestres quedan cerrados para tales propósitos.

La decisión adoptada, según los considerandos expresados en la misma, radica en que en el país, “en las últimas semanas, se registró un aumento del número de casos y se detectaron nuevas variantes del SARS-CoV-2, relacionadas a viajeros o a sus contactos”. Asimismo detalla que “la variante Delta, considerada Variante de Preocupación (VOC) por la OMS desde el 11 de mayo de 2021, de acuerdo a varios estudios ha demostrado un aumento en la transmisibilidad así como una reducción en la neutralización de anticuerpos. Aún hay evidencia limitada respecto al impacto en la efectividad y eficacia de las vacunas. Nuevos estudios en Reino Unido sugieren un posible aumento en el riesgo de severidad de la enfermedad y de hospitalización, así como aumento de la transmisibilidad”. Por otra parte también indica que “la variante Beta, se aisló en principio en Sudáfrica, en donde presenta su mayor circulación, viéndose afectados también algunos otros países de África, pero principalmente Turquía y Malasia”.

LAS NORMATIVAS QUE RIGEN

👉🏻 Las fronteras continúan cerradas al turismo.

👉🏻 Se recomienda a todos los argentinos/as y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo, a fin de evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas.

👉🏻 Continúan suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido, Chile, Brasil, India, países africanos y Turquía

👉🏻 Cupo máximo de 600 pasajeros diarios para el ingreso al país.

👉🏻 Continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

👉🏻 Los extranjeros que quieran ingresar al país con propósitos turísticos no podrán hacerlo.

👉🏻 Los extranjeros que ingresen a desarrollar trabajos esenciales autorizados por Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena. Las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

  • Nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones:

👉Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de COVID negativo que tendrá una vigencia de 7 días de realizado

👉Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso;

👉Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos.

FUENTE: AGENCIA TELAM

Acceder a la nueva normativa:

DNU 411-2021: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246098/20210626

DA 643 Jef.Gbte.: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246100/20210626

Dis.1798 Migraciones: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246101/20210626

 

 

 
Asociacion Mutual Frigorifico Gualeguaychú

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