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¿En 53 años de Sobretasa comercial para “Promoción Industrial”, no se pudo hacer una planta que no contamine?

Columna del abogado Ricardo Luciano sobre la sobretasa que pagan los comerciantes de Gualeguaychú para el “Fondo de promoción industrial”.

14 May, 2026, 15:35 PM

Ante los hechos de dominio público, en estos días un grupo importante de comerciantes a los que represento, me manifestaron su preocupación por la “Sobre Tasa” que abonan los comercios al municipio que, en un principio tenía como destino el “Fondo de Promoción Industrial” gestionado por el centro de Defensa Industrial bajo la presidencia del señor Enrique Castiglioni el cual convoco a una audiencia Publica para su creación y lograr dichos recursos, que eran necesario para desarrollar una institución eficiente y fuerte,( el objetivo era industrializar Gualeguaychu), la misma se cobra en la boleta del comercio que se abona mensualmente que, al día de hoy la siguen abonando los comerciantes, pese a que no saben el destino de esos fondos.

 

La Sobre Tasa fue creada mediante la ordenanza Municipal 7270/73 con un porcentaje del 5 % sobre el monto que abonan los comerciantes por sus ventas mensuales, la cual fue derogada en 1975 y creado por decreto Nº746/75 que elevaba la misma a un porcentaje del 10 % dicho destino de la promoción Industrial fue motivado debido a que en esa época el Frigorífico Gualeguaychú cerraba sus puertas.

 

Luego en años posteriores mediante las ordenanzas Municipales Nº7558/76 y Nº7577/78 se ratificó ese adicional, es de público conocimiento que durante algunos años le participaron de dichos fondos un porcentaje a CODEGU sin nunca conocer los comerciantes que lo aportan que se hicieron con esos fondos, cabe aclarar que la misma no tiene contraprestación alguna por dicho tributo.

 

Vaya a saber con el paso de los años las modificaciones que puedan haber realizado los funcionarios Municipales que, aparentemente, queda el total para la Municipalidad esto tendrían que evaluar porque nunca tomo a la luz cual es el destino de semejante ingreso que perciben.

La pregunta que me transmitieron es la siguiente:

El mentado tributo fue creado con buenas intenciones para un fondo de promoción Industrial y, ¿en 53 Años de tributar no se pudo hacer una planta que no contamine la ciudad?, se preguntan y con razón, cual fue y es el destino de lo recaudado durante tantos años.

 

¿Porque no se ha derogado? si hoy día no se le da el destino por lo que fue creada esa “Sobre Tasa”.

 

Vivimos en una República que, tiene características propias, para muchos políticos que llegan a cargos por elección en las urnas, o por el dedo mágico de su jefe político, es bueno recordarles el significado de lo que es una República

 

La república se distingue principalmente de la monarquía en que el poder no lo tiene el monarca, sino que por lo general lo conceden los ciudadanos a través del voto.

Ejercicio de la ciudadanía: El pueblo participa a través del voto secreto y libre.

Principio de legalidad: El ejercicio del poder siempre ha de hacerse de acuerdo con la ley y a la jurisdicción existentes.

Igualdad ante la ley: Todos los ciudadanos tienen que ser tratados de la misma manera por la ley y, por tanto, gozan de los mismos derechos y obligaciones.

División de poderes: Los poderes no recaen sobre una persona, sino que están separados.

Cargos periódicos: Los cargos de poder no son vitalicios, sino que duran un tiempo determinado.

Publicidad de las acciones gubernamentales: Por tanto, no hay secreto de Estado.

Responsabilidad de políticos y funcionarios públicos: Éstos son responsables de sus actos en el gobierno y deben ser transparentes.

Búsqueda del bien común: Se ha de perseguir una meta que beneficie a todos los ciudadanos.

 

Ricardo José Luciano

 

En nombre de comerciantes preocupados.

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