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Nuevos requisitos para las compras y contrataciones oficiales

No se podrán abonar "montos superiores" a los que regí­an el 6 de marzo último, según fijó la Secretarí­a de Comercio. El Gobierno denunciará penalmente a 16 ex funcionarios de Desarrollo Social

23 Abr, 2020, 10:33 AM

La Disposición 55 firmada por la titular de la Oficina Nacional de Contrataciones de la Jefatura de Gabinete, María Eugenia Bereciartúa, establece que el Estado no podrá pagar montos superiores a los precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior, en las compras que realice en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional. Los valores máximos vigentes actualmente son los que regían al 6 de marzo último.

 

La medida se adoptó luego de que se detectaran sobreprecios en la compra de algunos ítems de alimentos para comedores, lo que derivó en la renuncia de 16 funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social quienes, en las próximas horas, serán denunciados en la Justicia Federal ante la presunción de la posible existencia de la comisión de ilícitos, según se desprende de las conclusiones de los Sumarios Administrativos internos que se realizaron en dicha cartera.

 

La nueva normativa publicada este jueves, describe que los cambios procuran "la participación de la mayor cantidad posible de oferentes”, de tal modo que la autoridad que quiera contratar “cuente con la mayor cantidad posible de alternativas de elección", en materia de productos y precios.

 

Se establece que "la convocatoria podrá realizarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional” (Compr.ar) y explica que se enviarán correos electrónicos a todos los proveedores incorporados allí según su rubro, clase u objeto de la contratación. Las invitaciones deberán contener, como mínimo, la siguiente información sobre los insumos requeridos:

 

  • Especificaciones técnicas, citando el código de catálogo, siempre que el mismo existiera.
  • Plazos de entrega, pudiendo preverse entregas parciales.
  • Cantidades parciales y totales.
  • Lugar y forma de entrega.
  • Lugar, día y hora de presentación de la oferta a cuyo efecto podrá la Unidad Operativa de Contrataciones habilitar horas y días inhábiles.
  • Dirección de correo electrónico institucional donde serán recibidas las ofertas.
  • Criterio de selección de las ofertas.
  • Plazo y forma de pago.
  • Determinar si se exceptúa o no de presentar garantía de mantenimiento de oferta.
  • Establecer que se deberá constituir garantía de cumplimiento de contrato.
  • Determinar el porcentaje, forma, u plazos para integrar las correspondientes garantías.
  • Indicar si se van a evaluar las ofertas considerando los incumplimientos de anteriores contratos. En su caso determinar en forma precisa la cantidad y tipo de incumplimientos que dará lugar a la desestimación de una oferta.

 

 

Además, el oferente deberá hacer el trámite como “Contratación Directa por Emergencia" y consignar la leyenda “Compulsa-Covid-19 Nº XXX objeto” con el ítem que corresponda. Cuando se trate de procedimientos sustanciados a través del Comprar.ar, las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora que determine la jurisdicción o entidad contratante, utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema y cumpliendo todos los requerimientos de las invitaciones, acompañando la documentación que se requiera.

 

Además la normativa establece que "se deberá invitar como mínimo a tres proveedores, entre aquellos que se encuentren en estado 'inscripto' en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO)” asociado al Compr.ar, donde los oferentes deberán indicar que "no se abonarán montos superiores a los Precios Máximos” establecidos por la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo N° 100/20 que los retrotrajo al 6 de marzo pasado, o aquellos que se dispongan en el futuro.

 

Acceder a la Resolución 55/2020

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228182/20200423

 

 

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