HABILITACIONES

13 de Diciembre de 2017

Se aprobó la Ordenanza que delimita la ciudad para habilitar supermercados, mini y almacenes

El objetivo de la misma es regular la radicación de establecimientos comerciales para evitar superpoblación de negocios.

Redes Sociales
Góndola

 

En la sesión de este miércoles el Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza cuyo objetivo principal es regular la radicación de establecimientos comerciales para una mejor planificación urbana y evitar una superpoblación de negocios del mismo rubro.

 

Para ello, la ordenanza identifica diversos tipos de establecimientos de acuerdo a las formas de venta y la superficie: supermercados (250 a 800 m2), minimercados (100 a 249 m2) y almacenes (hasta 99 m2).

 

Concretamente en el artículo 10 especifica los criterios de zonificación, determinando que los nuevos supermercados y/o minimercados sólo podrán radicarse en avenidas, bulevares y accesos. (De María; Bvard. Martínez, Avda. Julio Irazusta; Calle de Las Tropas; Avda. Padre Jeannot Sueyro; Acceso General José Artigas; Bvard. Jurado; Bvard. Daneri; calle Urquiza, desde Bvard. Daneri hacia el punto cardinal Oeste;  de Bvard. Sobral; Asisclo Méndez; Bvard. 2 de Abril; Bvard. Montana; Avda. Primera Junta, desde Bvard. Montana hacia el punto cardinal Norte; Bvard. José de León)

 

La ordenanza también determina que los establecimientos deberán destinar como mínimo un 7% de los espacios de exhibición de mercadería, a productos elaborados por emprendedores locales.

 
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